Give Away RR.SS. MAGGI® Carnaval de Barranquilla 2026

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Estos términos y condiciones (los “Términos y Condiciones”) delimitan y aclaran las condiciones bajo las cuales se regirá la actividad.

Esta actividad aplica para la Zona Costa (en adelante el “Territorio”). La premiación ÚNICAMENTE se hará entre hombres y mujeres que residan en Colombia, mayores de 18 años.

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para participantes y organizador. Se entenderá que todo participante, al decidir participar, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en los presentes Términos y Condiciones. La participación en la actividad implica la decisión del participante de obligarse por estas reglas y por las decisiones del organizador las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a la actividad. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para su realización implicará la inmediata exclusión del mismo y/o la revocación de los premios.

De los Realizadores:

Nestlé de Colombia S.A., sociedad identificada con NIT 860.002.130-9 es el organizador de la actividad (en adelante “Nestlé”, “Nestlé de Colombia” o el “Organizador”) y Novaventa S.A.S, sociedad identificada con NIT 811025289 (en adelante “Novaventa”) con la ayuda de Sold Out como la agencia encargada de la Actividad.

De los participantes:

Todas las personas naturales, mayores de 18 años, interesadas en participar deberán poseer un documento de identidad válido y vigente, el cual deberá presentar si es acreedor(a) de un premio.

Toda persona natural que desee participar en la actividad o reclamar un premio deberá tener conocimiento de estos Términos y Condiciones, ya que la aceptación y recibo de un premio conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades, no sólo de estos Términos y Condiciones, sino las que en virtud de este mismo documento conlleva el reclamo y aceptación de un premio.

Asimismo, se deja constancia que los premios de esta actividad se entregarán únicamente a personas naturales mayores de 18 años, que sean residentes colombianos.

(I) GIVE AWAY EN FACEBOOK

1. Vigencia:

La actividad estará vigente a partir del 4 de febrero de 2026, a partir de la publicación del post que describe la mecánica en las redes sociales oficiales de MAGGI® en Facebook, y hasta las 23:59 horas del 6 de febrero de 2026 (en adelante, la “Vigencia”).

2. Mecánica:

Los Participantes deberán seguir estos pasos y requisitos. Cada paso es importante y algunos requieren explicación, por lo que es necesario que el participante lea como realizarlos para no perder la posibilidad de participar:

Toda persona que quiera ser ganadora de una (1) de las dos (2) boletas dobles que entregará el Organizador para asistir al Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026, deberá cumplir con la siguiente mecánica, seguir los pasos, requisitos y condiciones para participar. Cada paso es importante y algunos requieren explicación, por lo que es necesario que el participante lea como realizarlos para no perder la posibilidad de participar. Es importante señalar que la participación y obtención de los Premios sólo podrá realizarse en las fechas y redes sociales previstas. Para participar, el consumidor deberá:

2.1. Seguir la cuenta oficial de MAGGI® en Instagram.

2.2. En los comentarios del post de la actividad, compartir una fotografía y contar cuál es el plato típico que no puede faltar en su hogar durante la época de Carnaval, etiquetando a la persona con la que le gustaría asistir al palco MAGGI®. NOTA: Debe ser un único comentario que contenga la foto, la descripción y la persona etiquetada.

2.3. Los dos (2) comentarios que obtengan la mayor cantidad de respuestas serán seleccionados como ganadores, otorgándose a cada uno una (1) boleta doble para vivir el Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026.

2.4. Para la entrega del Premio, el participante ganador deberá suscribir el acta de entrega correspondiente; únicamente con dicha suscripción adquirirá el derecho a recibir el Premio de manera inmediata.

3. Selección de Ganadores, No. de Ganadores y Premios:

Una vez se acabe la vigencia de la Actividad el Organizador, o quien este designe para tal fin, realizará la validación del cumplimiento de la mecánica, el conteo de los comentarios y realizará la comunicación oficial de los ganadores por medio de la cuenta oficial de Facebook de MAGGI® el 9 de febrero de 2026.

Los dos (2) participantes únicamente adquirirán la condición de ganadores una vez se cierre la dinámica en redes sociales el 6 de febrero de 2026 y el Organizador realice la comunicación oficial de los ganadores.

En caso de presentarse un empate en el número de respuestas entre dos o más comentarios, el Organizador realizará una encuesta en las historias de Facebook de MAGGI®, mediante la cual los usuarios podrán votar por la preparación de su preferencia. El comentario que obtenga la mayor cantidad de votos será declarado ganador.

4. Procedimiento de Entrega y Recepción de los Premios

4.1. Los participantes serán ganadores siempre y cuando cumplan con las condiciones requeridas.

4.2. Hay un total de dos (2) Premios que consiste, cada uno, en una boleta dobles para asistir al Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026.

4.2.1. El participante ganador deberá suministrar sus datos personales a través de mensaje directo (DM) en Facebook, canal por el cual MAGGI® lo contactará para realizar la validación correspondiente y coordinar la reclamación del Premio. La entrega del Premio se realizará el mismo día del evento, a partir de las 9:00 a.m., en el Palco de ASABA, correspondiente al Palco MAGGI®.

4.3. Al momento de la entrega del Premio, el ganador deberá suscribir el acta de entrega del Premio; únicamente con dicha suscripción se entenderá recibido el Premio a satisfacción.

(II) GIVE AWAY EN INSTRAGRAM

5. Vigencia:

La actividad estará vigente a partir del 4 de febrero de 2026, a partir de la publicación del post que describe la mecánica en las redes sociales oficiales de MAGGI® en Instagram, y hasta las 23:59 horas del 6 de febrero de 2026 (en adelante, la “Vigencia”).

6. Mecánica:

Los Participantes deberán seguir estos pasos y requisitos. Cada paso es importante y algunos requieren explicación, por lo que es necesario que el participante lea como realizarlos para no perder la posibilidad de participar:

Toda persona que quiera ser ganadora de una (1) boleta doble que entregará el Organizador para asistir al Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026, deberá cumplir con la siguiente mecánica, seguir los pasos, requisitos y condiciones para participar. Cada paso es importante y algunos requieren explicación, por lo que es necesario que el participante lea como realizarlos para no perder la posibilidad de participar. Es importante señalar que la participación y obtención de los Premios sólo podrá realizarse en las fechas y redes sociales previstas. Para participar, el consumidor deberá:

6.1. Seguir la cuenta oficial de MAGGI® en Instagram.

6.2. En los comentarios del post de la actividad, contar cuál es el plato típico que no puede faltar en su hogar durante la época de Carnaval y etiquetar a la persona con la que le gustaría asistir al palco MAGGI®. NOTA: Debe ser un único comentario la mención del plato típico y la persona etiquetada.

6.3. El comentario que obtenga la mayor cantidad de respuestas será seleccionado como ganador, otorgándose una (1) boleta doble para vivir el Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026.

6.4. Para la entrega del Premio, el participante ganador deberá suscribir el acta de entrega correspondiente; únicamente con dicha suscripción adquirirá el derecho a recibir el Premio de manera inmediata.

7. Selección de Ganadores, No. de Ganadores y Premios:

Una vez se acabe la vigencia de la Actividad el Organizador, o quien este designe para tal fin, realizará la validación del cumplimiento de la mecánica, el conteo de los comentarios y realizará la comunicación oficial de los ganadores por medio de la cuenta oficial de Instagram de MAGGI® el 9 de febrero de 2026.

El participante únicamente adquirirá la condición de ganador una vez se cierre la dinámica en redes sociales el 6 de febrero de 2026 y el Organizador realice la comunicación oficial de los ganadores a través de las redes sociales de MAGGI®.

En caso de presentarse un empate en el número de respuestas entre dos o más comentarios, el Organizador realizará una encuesta en las historias de Instagram de MAGGI®, mediante la cual los usuarios podrán votar por la preparación de su preferencia. El comentario que obtenga la mayor cantidad de votos será declarado ganador.

8. Procedimiento de Entrega y Recepción de los Premios

8.1. El participante será ganador siempre y cuando cumpla con las condiciones requeridas.

8.2. El Premio consiste en un total de una (1) boleta doble para asistir al Carnaval de Barranquilla con MAGGI® el 14 de febrero de 2026.

8.2.1. El participante ganador deberá suministrar sus datos personales a través de mensaje directo (DM) en Instagram, canal por el cual MAGGI® lo contactará para realizar la validación correspondiente y coordinar la reclamación del Premio. La entrega del Premio se realizará el mismo día del evento, a partir de las 9:00 a.m., en el Palco de ASABA, correspondiente al Palco MAGGI®.

8.3. Al momento de la entrega del Premio, el ganador deberá suscribir el acta de entrega del Premio; únicamente con dicha suscripción se entenderá recibido el Premio a satisfacción.

9. Exoneraciones y Responsabilidades

9.1. La responsabilidad de Nestlé culmina con la entrega del premio.

9.2. Nestlé no se hace responsable por ningún daño ocurrido antes del inicio del evento, durante, ni posterior al transcurso del mismo.

9.3. Los participantes ganadores relevan de toda responsabilidad a Nestlé de cualquier daño, sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar durante el evento.

9.4. Nestlé no se hace responsable por la pérdida de boleta del ganador.

9.5. En la extensión de lo permitido por la legislación colombiana y en caso de resultar necesario, y/o a discreción, Nestlé se reserva el derecho de modificar, suspender, terminar y/o cancelar de manera parcial o total, individual o colectiva, en cualquier momento y con efectos hacia futuro, la actividad. Para este efecto, Nestlé deberá informar dicha decisión a los participantes por el(los) medio(s) que considere más idóneo(s), sin que dicha terminación dé lugar al pago de indemnización ni genere responsabilidad a cargo de ésta. Lo anterior, incluyendo, pero sin limitarse a la anulación de los premios.

9.6. Nestlé podrá cambiar, modificar, adicionar, ajustar o eliminar estos Términos y Condiciones, para lo cual dará aviso al participante a través de los datos reportados al momento del registro o cualquier otro medio que se considere idóneo. En caso de continuar vinculado a la actividad, los participantes aceptan expresamente las modificaciones introducidas.

9.7. Nestlé se reserva el derecho de desvincular de la actividad, a un participante, en cualquier momento y de manera discrecional.

9.8. Nestlé no se hace responsable de la pérdida o hurto del(los) premio(s).

10. Descalificación

10.1. Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la actividad que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en este reglamento. La utilización de técnicas de participación en la actividad de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada, mediante software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados, o cualquier técnica similar llevará a la anulación de la participación de que se trate y será causa de descalificación total y permanente del participante en cuestión.

10.2. Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad a este evento, se descubre que los Ganadores incumplen con estos Términos y Condiciones, o se sospecha que realizaron algún tipo de fraude, el Organizador podrá descalificarlos y negarse a entregarle el certificado objeto del(los) premio(s). Si éste ya fue entregado, podrá exigir su devolución por las vías de Ley.

10.3. Los participantes declaran entender y aceptar que no realizarán ninguna de las siguientes acciones:

10.3.1. Hablar mal del nombre de la marca NESTLÉ® y MAGGI®, o cualquiera de sus productos y/o marcas.

10.3.2. No se puede violar o infringir derechos de autor ni hacer ningún tipo de publicidad ajena a la marca.

10.3.3. No se puede compartir información indecente, obscena, con señales de racismo, con mensajes políticos o religiosos, que difamen la imagen de otros.

11. Condiciones y restricciones de la actividad:

11.1. La participación de los participantes, así como la actividad y los premios, están sujetos a las condiciones y restricciones que se indican en estos Términos y Condiciones.

11.2. Habrá total coincidencia entre los datos brindados por parte de la persona para participar y los datos brindados al momento de resultar ganador, de otro modo el premio no será entregado.

11.3. La responsabilidad de Nestlé de Colombia y Sold Out culmina con la entrega del premio.

11.4. Los ganadores relevan de toda responsabilidad a Nestlé y a Sold Out de cualquier daño, sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar durante el evento

11.5. No se admiten cambios por dinero, valores o cualquier otro producto material.

11.6. Si el ganador no acepta el premio o sus condiciones, entiende que el participante ha renunciado al premio y éste no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

11.7. Nestlé y Sold Out no serán responsable en modo alguno por cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por internet y/o la participación en la actividad, incluyendo en este sentido deficiencias en los servidores o las condiciones generales de este servicio de conexión con el que cuente cada persona, así como también el funcionamiento de sus equipos y las versiones de los mismos.

11.8. No podrá participar en la actividad ninguna persona que actualmente sea trabajador dependiente del organizador, de Nestlé de Colombia o de cualquiera de sus agencias.

*NO PODRÁ PARTICIPAR EN LA ACTIVIDAD NINGUNA PERSONA QUE ACTUALMENTE SEA TRABAJADOR DEPENDIENTE DEL ORGANIZADOR, DE NESTLÉ DE COLOMBIA S.A. O FAMILIAR HASTA EL PRIMER Y SEGUNDO GRADO DE CONSANGUINIDAD O DE AFINIDAD, ASÍ COMO CÓNYUGES O CONVIVIENTES POR UNIÓN DE HECHO. APLICA TAMBIÉN PARA EL PERSONAL DE LAS AGENCIAS QUE TRABAJAN PARA NESTLÉ DE COLOMBIA.

12. Autorización de Datos Personales

Al participar en la presente actividad, el participante, de conformidad con lo regulado en la Ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario 1377 de 2013, autoriza de forma previa, expresa e informada a Nestlé de Colombia S.A., a sus empresas filiales y/o del mismo grupo de interés, en su calidad de responsables de la Información, a tratar mi información personal de acuerdo con la política de tratamiento de datos personales disponible https://www.nestle.com.co. Los datos personales obtenidos por Nestlé de Colombia S.A. podrán ser recolectados, almacenados, usados, circulados, procesados, transferidos y transmitidos nacional e internacionalmente a terceros, de forma manual y/o automatizada, para la operación y desarrollo de actividades propias de Visita Médica; envío de comunicaciones a través de cualquier medio conocido y por conocerse (incluidos pero no limitados a mensajes de texto, correo físico, correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, mensajes a través de redes sociales, etc.) relacionadas, pero no limitadas, con el ofrecimiento de productos de Nestlé de Colombia S.A., servicio al cliente, invitación a eventos, comunicación y desarrollo de actividades publicitarias y/o promocionales de Nestlé de Colombia S.A. y/o sus marcas, ofrecimiento de beneficios; realización de encuestas de Nestlé de Colombia S.A., sus marcas y/o de opinión. Así mismo, los datos podrán ser utilizados para realizar análisis estadístico y de mercado; desarrollo y mejora de nuestros productos; históricos de relaciones comerciales; análisis de perfiles; y actualización de información.

Nestlé de Colombia S.A. le recuerda que, con base en los dispuesto por la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario 1377 de 2013, es de carácter facultativo responder las preguntas que le sean hechas, cuando estas versen sobre datos sensibles o sobre los datos de las niñas, niños y adolescentes; y por ende el titular no está obligado a responderlas. El Titular de los datos, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, cuenta con la línea gratuita nacional 01 8000 51 55 66 y con el correo electrónico: servicio.consumidor@co.nestle.com para el ejercicio de sus derechos como titular de la información.

Finalmente, Nestlé de Colombia S.A. le recuerda que, como titular de los datos personales, tiene derecho a:

a) Acceder de forma gratuita a los datos proporcionados que hayan sido objeto de tratamiento.

b) Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté prohibido o no haya sido autorizado.

c) Solicitar prueba de la autorización otorgada.

d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente.

e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato, siempre que no exista un deber legal o contractual que impida eliminarlos.

f) Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles. Tendrá carácter facultativo las respuestas que versen sobre datos sensibles o sobre datos de las niñas y niños, y adolescentes.

13. Derechos de imagen:

Con el hecho de participar en la actividad, el(los) ganador(es) acepta(n) y autoriza(n) que su(s) nombre(s) e imagen(es) aparezcan en los programas, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el Organizador desee hacer durante la actividad o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos. Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen.

14. Suspensión:

En caso de haber motivos fundados de fuerza mayor, caso fortuito, o hechos de terceros, tales como desastres naturales, guerras, huelgas o disturbios, así como también situaciones que afecten la actividad; o en caso de detectarse un fraude o intento de fraude en perjuicio de los organizadores o los participantes de la misma, el Organizador podrá modificar, en todo o en parte esta actividad, así como suspenderla temporal o permanentemente sin asumir ninguna responsabilidad al respecto. En estos casos, el fundamento de las medidas que se adopten, así como las pruebas que demuestren la existencia de la causa invocada por el Realizador estará a disposición de cualquier interesado.

15. Publicación:

Se da por entendido que una vez los participantes inicien la mecánica de la actividad es porque leyeron, entendieron y aceptaron los Términos y Condiciones de esta.